Corte Constitucional sentencia en contra de la vulneracion de derecho de una persona de la tercera edad



La accionante de 86 años de edad el 26 de noviembre del 2013, acudió a presentar la acción de protección en contra del director del Instituto de Seguridad Social y el procurador general del Estado, por haberse declarado como indebidas las aportaciones realizadas en calidad de afiliada voluntaria, así como por haberse fundado en el hecho de que no cancelo sus aportaciones por seis meses, causando su pérdida de calidad de afiliada sin haber previamente valorado que existía el antecedente de diez años de aportación.
Bajo estos antecedentes la Corte Constitucional se pronunció en sentencia aceptando la acción extraordinaria de protección y declarando la vulneración de los derechos establecidos en la Constitución a un acceso a la seguridad social, jubilación y dignidad humana, a su vez dispuso se le brinde una atención médica oportuna e inmediata que le permita vivir dignamente al ser una persona de la tercera edad.



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