Corte Constitucional Sentencia sobre la no discriminación al trabajo de mujer bombera en razón de su condición
La acción de protección fue presentada en contra de un
memorando emitido por el alcalde del cantón de Archidona en calidad de
presidente del Consejo de administración y Disciplina del Cuerpo de Bomberos
Municipal, en este documento se le agradecía a la accionante por los servicios
prestados en todo el voluntariado del Cuerpo de Bomberos Municipal y tenía el
fin de cesarla en sus funciones, pese a contar con el título de bombero
profesional emitido por una institución autorizada.
La accionante fue cesada en sus funciones bajo los
estereotipos como “que su presencia no es aconsejable” o “por la pérdida de
confianza”, ante este hecho la Corte Constitucional se pronunció determinando
que las agresiones de género no son eventos aislados, ya que involucran
discriminación.
En sentencia la Corte decidió aceptar la acción de
protección y declarar la vulneración del derecho a la tutela efectiva, así como
la de igualdad y no discriminación, de la misma manera estableció se pida
disculpas públicas a la accionante en un acto público destacando su valentía al
acudir a la justicia a denunciar los hechos de violencia ante los que estaba
siendo víctima.
VEASE LA SENTENCIA EN EL
SIGUIENTE LINK: https://www.corteconstitucional.gob.ec/sentencias/relatoria/relatoria/fichas/292-16-SEP-CC.pdf
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