Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia
El proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código
Orgánico de la Niñez y Adolescencia, enviado por el ejecutivo a la Asamblea,
trata temas relacionados a la tenencia y a la patria potestad, estableciendo a
su vez la diferencia entre estas dos, teniendo así que la patria potestad es un
derecho que tienen el padre y la madre, independientemente de su estado civil,
edad, sexo, situación económica, laboral, entre otras; y la tenencia
corresponde a quien ejerce la convivencia de manera diaria con los hijos, a
falta de un acuerdo entre el padre y la madre, será asignada por el juez.
La tenencia compartida por su lado requiere
necesariamente de la resolución de un juez, mismo que establecerá los períodos
de convivencia, vacaciones y fechas importantes de los hijos; el lugar de residencia de los hijos en cada período; los
mecanismos para garantizar la satisfacción del conjunto de derechos de los
hijos, en especial el derecho de alimentos; y el régimen de visitas y
comunicación cuando los períodos de convivencia sean prolongados; En caso de
incumplimiento del régimen de tenencia compartida, el juez podrá disponer las
medidas de protección pertinentes y disponer el cambio de régimen de tenencia.
Por su lado
el derecho de alimentos es
connatural a las relaciones parento y materno filiales y su prestación se
deberá realizar de acuerdo a los ingresos y capacidad económica de la persona
obligada. Los alimentos están constituidos por prestaciones monetarias o en
especie. Las tareas cotidianas que demande el cuidado personal de la o el
alimentario tienen un valor económico y constituyen un aporte a su desarrollo
integral el cual deberá ser considerado para la fijación de la pensión alimenticia.
Véase en:
Comentarios
Publicar un comentario
Te invitamos a comentar esta noticia y ser parte del debate público sobre este tema