Con la eliminación de la tercerización en Petroecuador no se garantizó el derecho al trabajo
La acción extraordinaria de protección fue
presentada por los accionantes por considerar que sus derechos constitucionales
al debido proceso fueron vulnerados en garantía del cumplimiento de las normas
y los derechos de las partes en relación con la eliminación y prohibición de la
tercerización e intermediación laboral en las actividades laborales a las que
se dedique la empresa o empleador
Así mismo los accionantes alegaron que los
operadores no consideraron que se habían desempeñado como trabajadores
tercerizados para la empresa PETROECUADOR, filial de PETROCOMERCIAL, misma que
termino con la relación laboral al año de asumir a cada uno de ellos como sus
trabajadores directos, por medio de la suscripción de contratos a plazo fijo,
sin considerar ni garantizar los derechos laborales.
Ante estos hechos y mediante sentencia la Corte
Constitucional se pronunció mediante sentencia declarando la vulneración de los
derechos constitucionales al debido proceso en garantía al cumplimiento de las
normas y los derechos de las partes, aceptando de esta manera la acción planteada.
Véase la sentencia
en:
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