Con la eliminación de la tercerización en Petroecuador no se garantizó el derecho al trabajo


La acción extraordinaria de protección fue presentada por los accionantes por considerar que sus derechos constitucionales al debido proceso fueron vulnerados en garantía del cumplimiento de las normas y los derechos de las partes en relación con la eliminación y prohibición de la tercerización e intermediación laboral en las actividades laborales a las que se dedique la empresa o empleador
Así mismo los accionantes alegaron que los operadores no consideraron que se habían desempeñado como trabajadores tercerizados para la empresa PETROECUADOR, filial de PETROCOMERCIAL, misma que termino con la relación laboral al año de asumir a cada uno de ellos como sus trabajadores directos, por medio de la suscripción de contratos a plazo fijo, sin considerar ni garantizar los derechos laborales.
Ante estos hechos y mediante sentencia la Corte Constitucional se pronunció mediante sentencia declarando la vulneración de los derechos constitucionales al debido proceso en garantía al cumplimiento de las normas y los derechos de las partes, aceptando de esta manera la acción planteada.


Véase la sentencia en:

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