Vulneración al debido proceso en reubicación de negocio en la nueva Zona Rosa de La Libertad
La acción extraordinaria de protección fue
interpuesta por los accionantes en contra de la acción de protección
interpuesta por un ciudadano, mismo que consideraba que se le habían violado
sus derechos constitucionales al no haberle concedido espacio físico en la
nueva Zona Rosa creada por la Municipalidad de La Libertad, por lo que pedía la
reubicación de sus actividad de trabajo ejercida por años, y en la cual la
jueza suplente del Juzgado Quinto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de
Santa Elena sentenció a favor ordenando que debía otorgársele el respectivo
permiso anual para su funcionamiento y uso del suelo de su negocio.
Ante los hechos presentados la Corte
Constitucional decidió declarar que la sentencia dictada, vulnera el derecho al
debido proceso, así mismo acepto la acción extraordinaria de protección.
Véase sentencia en:
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