Vulneración al debido proceso en reubicación de negocio en la nueva Zona Rosa de La Libertad



La acción extraordinaria de protección fue interpuesta por los accionantes en contra de la acción de protección interpuesta por un ciudadano, mismo que consideraba que se le habían violado sus derechos constitucionales al no haberle concedido espacio físico en la nueva Zona Rosa creada por la Municipalidad de La Libertad, por lo que pedía la reubicación de sus actividad de trabajo ejercida por años, y en la cual la jueza suplente del Juzgado Quinto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Santa Elena sentenció a favor ordenando que debía otorgársele el respectivo permiso anual para su funcionamiento y uso del suelo de su negocio.
Ante los hechos presentados la Corte Constitucional decidió declarar que la sentencia dictada, vulnera el derecho al debido proceso, así mismo acepto la acción extraordinaria de protección.

Véase sentencia en:




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