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Mostrando entradas de junio, 2017

Bonificación por Jubilación Complementaria es Garantizada

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Los accionantes en su demanda señalan como antecedente el incumplimiento de la sentencia, misma que tuvo origen en la acción de protección presentada en el año 2012, en contra de la omisión por parte de la Universidad Técnica de Luis Vargas Torres de Esmeraldas, en atención a su solicitud al respectivo pago por concepto de compensación jubilar contemplada en la Ley Orgánica de Educación Superior, alegando de esta manera los accionantes la violación a su derecho a la seguridad social. En sentencia la Corte Constitucional decidió aceptar la acción de incumplimiento de la sentencia constitucional planteada, disponer a la Universidad Luis Vargas Torres el pago de la bonificación por jubilación complementaria a favor de los accionantes. Véase sentencia en: http://doc.corteconstitucional.gob.ec:8080/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/a5a9d1f0-159b-4db8-b6ca-3baafeeabd98/0030-13-is-sen.pdf?guest=true

Acción de Incumplimiento de sentencia y resoluciones emitidas por la Policía Nacional

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Acción de Incumplimiento de sentencia y resoluciones emitidas por la Policía Nacional La acción de incumplimiento fue presentada por el accionante en contra de la sentencia dictada por la Corte Constitucional por parte de los jueces de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura, así como las resoluciones emitidas por la Policía Nacional en sus diferentes instancias administrativas en relación a la decisión de su separación de la institución, ante este hecho el accionante solicito su reintegro a su lugar de trabajo, con el correspondiente pago de los haberes laborales dejados de percibir durante el tiempo de su separación. La Corte Constitucional aceptando la acción de incumplimiento de la sentencia planteada. Véase sentencia en: http://doc.corteconstitucional.gob.ec:8080/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/02cf047e-3412-4fad-a6e1-da14b233032a/0048-15-is-sen.pdf?guest=true

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La renuncia voluntaria por vejez impidió que trabajadores accedan a su bonificación

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Los accionantes presentaron la acción de extraordinaria de protección en contra del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, por haberles impedido acceder a la bonificación que les correspondía al haber renunciado de manera voluntaria a sus trabajos, para acogerse a   la jubilación por vejez, pese a que dicho beneficio habría sido pagado a otros funcionarios antes y después de los accionantes, razón por la cual consideraron vulnerados sus derechos constitucionales a la seguridad jurídica y debido proceso a la garantía de la motivación. En sentencia la Corte Constitucional decidió aceptar la acción extraordinaria de protección y declarar la vulneración del derecho al debido proceso en las garantías del cumplimiento de las normas y derechos a las partes y de la motivación, así como el derecho a la seguridad jurídica contenidos en la Constitución.   Véase la sentencia en: http://doc.corteconstitucional.gob.ec:8080/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/63c85ecb-4919...