Corte Nacional de Justicia establece precedente vinculante en materia contencioso tributaria: Impuesto a la Renta
La Corte Nacional de Justicia por haberse reiterado la jurisprudencia de la Sala Contencioso Tributario, dictó un precedente obligatorio o de triple reiteración en lo referente al Impuesto a la Renta. Veálo:
- Art. 3.- DECLARAR COMO JURISPRUDENCIA VINCULANTE, el siguiente punto de derecho: “Para que un gasto sea considerado como deducible a efecto del cálculo del Impuesto a la Renta, se debe tener en cuenta que, además del cumplimiento de los requisitos formales, debe tener una secuencialidad formal - material, demostrándose sustentadamente a través de la emisión de los comprobantes de venta, retención y complementarios, forma de pago, acreditación en cuenta en favor del beneficiario y la verificación de la fuente de la obligación que demuestre que efectivamente se haya realizado la transferencia del bien o que se haya prestado el servicio”, reiterado en las sentencias que se detallan en el numeral anterior.; y en tal virtud declarar que CONSTITUYE PRECEDENTE OBLIGATORIO a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Registro Oficial.
Descargue aquí el archivo que contiene este Precedente obligatorio.
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